CIRCULAR-II-NOVEDADES ULTIMO CONSEJO MINISTROS
Hoy 18 de marzo, se aprueba el R.D. Ley 8/2020 tras reunión del Consejo de Ministros de ayer martes. Básicamente se aprueban 3 paquetes de medidas económicas que se unirían a la ya aprobadas el pasado 10/03.
TODAS LAS MEDIDAS ENTRAN EN VIGOR HOY DIA 18 DE MARZO DE 2020
LABORAL: MEDIDAS LABORALES
-Los ERTES causados por la crisis del Coronavirus serán considerados de fuerza mayor y los trabajadores tendrán derecho a la prestación por desempleo DESDE LA DECLARACION DE ALARMA EL 14 DE MARZO y aunque no cumplan el requisito de cotización previa exigido de los 365 días. El cobro de esa prestación no les computará a efectos del cobro posterior de la prestación por desempleo.
-Las nóminas del presente mes de marzo se confeccionarán por los días efectivamente trabajados, pasando a cobrar el trabajador los días restantes hasta completar el mes, a través de las prestaciones de desempleo.
En este caso de suspensión de contratos, ERTEs, la empresa no abonará las cuotas de Seguridad Social de sus trabajadores por el periodo de duración de la suspensión temporal de contratos.
MUY IMPORTANTE: Las empresas pertenecientes a esta asociación que estén en la necesidad de tramitar estos ERTES podrán realizarlo directamente desde esta asociación que está en contacto directo con la Dirección General de Empleo ante la que los tramitará en bloques , sin necesidad de gestión alguna por empresa ni trabajadores/as.
-Para el colectivo de autónomos se flexibiliza también el acceso al llamado “ paro del autónomo” en casos de suspensión, o cierre del centro de trabajo por aplicación del estado de alarma o por una disminución de las ventas del al menos el 75% respecto al mes anterior. La prestación a cargo de la MUTUA, consistirá en un 70% de la base de cotización o de la base mínima de autónomos si no se ha cotizado por esta prestación. La cuantía mínima a percibir será de 661,08€ y DURANTE UNICAMENTE UN MES. Durante este mes no se pagará la cuota de autónomos.
IMPORTANTE: Esta asociación está en contacto con las Mutuas para facilitar a nuestros asociados, en el plazo más breve posible el procedimiento rápido ,ágil y de forma telemática que permita solicitar y obtener esta prestación por lo que les seguiremos informando.
-Los trabajadores asalariados puedan adaptar o reducir su jornada de trabajo, incluso hasta un 100%, para hacer frente a las necesidades de conciliación y cuidado derivadas de esta crisis. Volviendo a insistirse en el “teletrabajo” como medida de flexibilidad principal, cuando las circunstancias lo permitan.
SALVAGUARDA DEL EMPLEO:
Las medidas extraordinarias en el ámbito laboral previstas en el presente Real Decreto-Ley estarán sujetas al compromiso de la empresa de mantener el empleo durante el plazo de 6 meses desde la fecha de reanudación de la actividad.
FISCAL: SUSPENSION DE PLAZOS EN EL AMBITO TRIBUTARIO
-Los plazos de pago de la deuda tributaria resultantes de liquidaciones practicadas por la administración (ya sea en periodo voluntario o ejecutivo), los vencimientos de los plazos y fracciones de los acuerdos de aplazamiento y fraccionamiento concedidos, y los plazos para atender los requerimientos, diligencias de embargo, solicitudes de información y formular alegaciones que no hayan concluido a la entrada en vigor de este RDL se ampliarán hasta el 30 de abril de 2020. Asimismo, los que se comuniquen a partir de hoy 18 de marzo se extienden hasta el 20 de mayo de 2020 (salvo que el otorgado por la norma general sea mayor).
-El periodo comprendido entre hoy 18 de marzo y hasta el 30 de abril de 2020 no computará a efectos de la duración máxima de los procedimientos de aplicación de los tributos, sancionadores y de revisión tramitados por la Agencia Tributaria.
-Aplazamiento del pago de deudas tributarias a pymes aprobado el pasado 14 de marzo ( esta parte es recordatorio de una circular anterior)
Se concederá el aplazamiento de las declaraciones tributarias, previa solicitud por parte del interesado, cuyo plazo de ingreso finalice entre el 13/03/2020 y el 30/05/2020 (ambos inclusive) siempre que el volumen de operaciones del 2019 no haya superado la cifra de 6.010.121,04€.
El plazo será de seis meses y no se devengarán intereses de demora durante los tres primeros meses.
Este aplazamiento será aplicado también a las siguientes deudas tributarias:
-Las que deba cumplir el retenedor, u obligado a realizar ingresos a cuenta
-Las derivadas de tributos que sean legalmente repercutidos.
-Las correspondientes del obligado a realizar pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades .
IMPORTANTE: Estos aplazamientos serán tramitados directamente desde esta asociación para sus empresas asociadas, dentro de unos días les indicaremos en una nueva circular las condiciones para que nos aporten sus datos fiscales a fin de confeccionar las declaraciones del trimestre.
FINANCIERAS y OTRAS:
-Creación de una línea de avales y garantías públicas para solicitar préstamos ICO para tesorería.
MUY IMPORTANTE: teniendo en cuenta que en este momento el ICO no ha puesto a disposición de las empresas de comercio una línea específica de financiación, esta asociación está negociando con las entidades bancarias PRESTAMOS PRECONCEDIDOS para que las empresas asociadas solamente tenga que solicitarlo sin más garantía que ser miembro de esta asociación y no estar en registros de morosos. LES SEGUIREMOS INFORMANDO AL RESPECTO.
-Se añaden a los establecimientos comerciales exceptuados de la suspensión de apertura a los establecimientos sanitarios y a los centros o clínicas veterinarias y se limita la actividad de peluquería solamente a los servicios a domicilio.
-Prorroga validez DNI durante un año. la validez de los Documentos Nacionales de Identidad que caduquen desde la entrada en vigor del estado de alarma el pasado sábado 14 de marzo.
TODA LA INFORMACION COMPLEMENTARIA PUEDE SOLICITARLA EN LOS SIGUIENTES CORREOS ELECTRONICOS:
-Laboral castro@comercioasturias.com noelia@comercioasturias.com
-Fiscal rosa@comercioasturias.com juancarlos@comercioasturias.com
rebeca@comercioasturias.com celeste@comercioasturias.com
-Promociones: carlos@comercioasturias.com laura@comercioasturias.com
-Gerencia/ Asesoría jurídica carmen@comercioasturias.com
Cuídense mucho.