Tanto la Abogacía General del Estado como el Ministerio de Industria, han contestado algunas dudas de interés para el comercio que os comunicamos. LES RECORDAMOS QUE TODAS SUS DUDAS INTENTAMOS RESOLVERLAS A TRAVES DE info@comercioasturias.com
• ¿Se puede trabajar dentro de un comercio que esté cerrado?
Las prohibiciones son en la apertura al público, al menos hasta este momento en que se envía esta comunicación, por tanto puede trabajarse con el comercio cerrado manteniendo las medidas de seguridad: distancia de más de un metro, protección personal y que sea imprescindible. Para el desplazamiento desde casa al trabajo se necesita la autorización que hemos enviado en circulares anteriores.
• ¿Se puede entregar un producto, aunque no sea alimentación o productos de higiene, en el domicilio de un cliente?
Si se puede, la venta telefónica o por internet no está prohibida y por tanto la entrega en el domicilio de la clientela tampoco. Es conveniente adoptar todas las medidas de seguridad posibles entre las que está llevarse las cajas en las que se entreguen esos productos fuera del domicilio de la clientela para su destrucción.
• ¿ Se puede acudir a un domicilio a realizar una reparación?
Si siempre que SOLAMENTE afecten a situaciones de necesidad y sirvan para el normal funcionamiento de bienes de primera necesidad tales como suministros de agua, gas, electricidad, telecomunicaciones o garantizar la habitabilidad de las viviendas.
• ¿Pueden desplazarse 2 trabajadores de reparto en un mismo vehículo?
La limitación contenida en el art. 7 del RD 463/2020 no aplicará en este caso, ya que está referida a movimientos para gestiones personales y este caso se trata del desarrollo de una actividad profesional, vinculada además a la prestación de un servicio esencial vinculado a la actividad de garantía de abastecimiento a la población de productos de primera necesidad y gran consumo.
OTRAS CONSIDERACIONES:
• Las empresas asociadas a las que se les están presentando los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo recibirán información de su estado de tramitación en breve con copia de documentación. Está realizándose una tramitación diaria y acorde con las indicaciones de la autoridad laboral para seguridad máxima de empresas y trabajadores/as.
• Sobre la situación de los/as trabajadores/as autónomos/as se espera que mañana martes en el Consejo de Ministros se aprueben los procedimientos simplificados para solicitar las prestaciones extraordinarias y evitar el pago de las cuotas mensuales, SE LO COMUNICAREMOS en menos de 12 horas desde que se publiquen en el BOE.
• En próximas comunicaciones les informaremos sobre:
a) Plazos fiscales y forma de realizar las declaraciones del primer trimestre en la asociación.
b) Información sobre las relaciones con los arrendadores en el caso de locales en alquiler y posibilidad de solicitar el aplazamiento del pago de la renta.
c) Medidas de financiación para tesorería.
Seguimos estando a su servicio en los correos electrónicos que les comunicamos en circulares anteriores y en info@comercioasturias.com
Cuídense mucho, un abrazo de todo el equipo de la Unión de Comerciantes.