Como ya comunicamos en anteriores informaciones todos los autónomos obligados a cerrar por el estado de alarma o con una caída de ingresos del 75%, tienen derecho a la prestación extraordinaria por cese de actividad que, en ningún caso obliga a dar de baja la actividad comercial.
Los/as autónomos/as en esta situación estarán exentos de pagar cotizaciones a la Seguridad Social y, además, recibirán una prestación equivalente al 70% de la base reguladora, lo que supone un mínimo de 661€, pudiendo acogerse tanto el titular de la actividad, los socios de las sociedades mercantiles o el familiar colaborador.
En el día de hoy se ha aclarado el procedimiento para pode solicitar y obtener esta prestación que se realizará a través de las Mutuas que cada empresa tenga contratada.
Las empresas pertenecientes a esta asociación podrán obtener esta tramitación de nuestro servicio laboral de la siguiente forma:
- Todas las empresas que tienen contratado con esta asociación el servicio laboral así como aquellas empresas en las que, no existiendo trabajadores asalariados, les realicemos las gestiones telemáticas ante la Seguridad Social (por ejemplo para cambio de cuenta de pago o subirá de bases de cotización) al tener asignada a esta Unión de Comerciantes como entidad autorizada NO TENDRAN QUE REALIZAR NINGÚN TRAMITE. La asociación les solicitará esta ayuda extraordinaria ante su Mutua y se pondrá como cuenta bancaria para el cobro de la misma la que tenemos en nuestra base de datos ( cobro de recibos)
EN CASO DE DESEAR QUE EL PAGO DE ESTA PRESTACION SE REALICE EN OTRA CUENTA BANCARIA O NO DESEE QUE SE REALICE POR NOSOTROS, DEBERA ENVIAR SUS DATOS INDICANDO EL NOMBRE COMPLETO DEL AUTÓNOMO/A DNI Y DATOS DE LA EMPRESA SI ES SOCIEDAD MERCANTIL JUNTO CON EL NUMERO DE CUENTA BANCARIA A info@comercioasturias.com ANTES DEL LUNES 30 DE MARZO A LAS 13 HORAS.
Le rogamos tengan en cuenta que estas solicitudes sin que usted tenga que hacer ningún trámite se realizarán a más de 500 empresas por lo que la información sobre su caso concreto y el envío de los justificantes de haberlo solicitado puede retrasarse ligeramente.
2.Las empresas que no tienen con esta asociación tramitación laboral y desean que sea realizado por nosotros deberán enviarnos los datos que se solicitan en el formulario QUE PUEDE SOLICITARNOS A info@comercioasturias.com
EL ENVIO DEBE REALIZARSE ANTES DEL LUNES 30 DE MARZO A LAS 13 HORAS.
OTRAS INFORMACIONES:
Hoy ha sido aprobada por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias una ayuda económica de 400 euros para los/as autónomos/as que tengan actividad empresarial que se haya visto obligada a cerrar como consecuencia del estado de alarma y por tanto mayoritariamente comercio minorista.
Esta ayuda se convocará en breve y va destinada a paliar en parte el pago de gastos ordinarios durante el periodo excepcional que estamos viviendo. Se concederá la cantidad indicada por cada mes que dure el estado de alarma y por tanto la obligatoriedad de tener cerrada la empresa.
En el momento en que sea convocada y aprobada la tramitación se lo comunicaremos para poder realizarla desde la Unión de Comerciantes con la mayor rapidez posible.
Para más información sea o no miembro de esta asociación empresarial puede dirigirse a info@comercioasturias.com
Cuídense mucho. Un saludo de todo el equipo de esta asociación empresarial.